VISITA A LOS TERRENOS DE MALLASILLA JUNTO CON EL CONCEJAL MIRANDA DE LA H. ALCALDIA DE LA PAZ
INFORMACION
SE COMUNICA A TODOS LOS ADJUDICATARIOS QUE EL TRAMITE DE PERSONERIA JURIDICA VA POR BUEN CAMINO Y POR LO TANTO ESPERAMOS QUE A LA BREVEDAD POSIBLE AGILICEN LA ENTREGA O ENVIO DE SUS CEDULAS DE IDENTIDAD AL CORREO mallasillasnc@gmail.com Y ESTEN ALERTOS A CUALQUIER COMUNICADO PARA CITAR A UNA ASAMBLEA.
LOS ADJUDICATARIOS QUE NO SE ENCUENTREN EN LA CIUDAD DE LA PAZ Y NO PUEDAN ASISTIR A LAS ASAMBLEAS DEBERAN NOMBRAR UN APODERADO PARA LA ASISTENCIA OBLIGATORIA.
COMUNICADO
TODOS LOS SOCIOS O ADJUDICATARIOS TIENEN LA OBLIGACION DE ASISTIR A LAS ASAMBLEAS, LOS QUE NO PUDIESEN DEBERAN NOMBRAR UN APODERADO QUE ASISTA A LAS MISMAS Y FIRMEN DOCUMENTOS EN LO FUTURO.
SE AMPLIA 15 DIAS HABILES PARA LA PRESENTACION DE SUS CARNETS DE IDENTIDAD, MAS INFORMACION AL 73074718.
EL NO PRESENTAR LAS FOTOCOPIAS DE SUS CEDULAS DE IDENTIDAD, IMPEDIRA EL PROCESO DE LOS TRAMITES, QUE AFECTARA A TODOS LOS ADJUDICATARIOS.
ESTATUTOS DE LOS ADJUDICATARIOS DE TERRENOS DE
MALLASILLA S.N.C.
DE
LOS PRINCIPIOS
Los
postulados de los adjudicatarios de terrenos de mallasilla, de la zona Sur. De
la ciudad de La Paz, están enmarcados en
un ámbito de unidad, solidaridad, democracia y libertad que permiten alcanzar
sus justas aspiraciones y conquistas para el beneficio de los adjudicatarios y
futuros estantes y habitantes de esta urbanización
Los
adjudicatarios de los terrenos enmarcaran sus actividades de acuerdo a las
leyes en vigencia del país como ser: CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADOI, LEY
GENERAL DEL TRABAJO, LEY Nª 1551 de la PARTICIPACIÓN POPULAR y sus reglamentos,
D.S. Nª 23813, D.S. Nª 23858 e informe de comisiones Nª
039/96.
CAPITULO
I
DOMICILIO
Y SU CONSTITUCION
Articulo 1ª.- Los adjudicatarios de los terrenos de
Mallasilla de ex trabajadores Servicio .Nacional de .Caminos que tiene por
domicilio el distrito Sur de la ciudad de La Paz, cuya sigla es “ADJTERREMALLASILLA” La Paz, es una
asociación de estantes y habitantes de la zona tal como señala el Art. 3ª de la
Ley Nª 1551 y conformado por los adjudicatarios y su directorio
democráticamente elegido; La institución eminentemente Cívica-Vecinal cumple
una labor de servicio a la colectividad para lograr el desarrollo armónico de
la zona. No existe discriminación ni exclusivismo en el perímetro de su
jurisdicción planificada y que en lo futuro serán una Junta Vecinal con todas
las prerrogativas del caso.
De
limitado al norte con la cancha de Golf, al sur con zona xxxxxxxxxxxx, al este
con la zona xxxxxxxxxxxx y al Oeste con la zona xxxxxxxxxxxxxx.
Articulo 2ª.- La
Ccobija en su seno a todos los adjudicatarios y futuros vecinos amparado por el
Art. 7ª inciso c), y el Art. 8ª inciso b) de la Constitución Política del Estado; Art. 99ª de la Ley General de
Trabajo que garantiza el derecho a la libre asociación. Art. 58ª del Código
Civil, Art. 3ª de la Ley Nª 1551 que
reconoce usos y costumbres y tradiciones y las disposiciones del presente
Estatuto y su Reglamentación permanente.
Articulo
3ª.- Adjudicatarios de los terrenos
de Mallasilla de ex trabajadores Servicio .Nacional de .Caminos o “ASOCIACION DE ADJUDICATARIOS DE LOS
TERRENOS DE MALLASILLA DE EX TRABAJADORES SERVICIO .NACIONAL DE .CAMINOS” (ADJTERREMALLASILLA),
al tiempo de reivindicar los derechos
que tienen todos los ciudadanos bolivianos, y en el caso particular de los
adjudicatarios de los terrenos de Mallasilla de los ex trabajadores Servicio
.Nacional de .Caminos de la ciudad de La Paz, busca constituir una institución CIVICO
– VECINAL, que dignifique las justas aspiraciones y requerimientos de
una futura vivienda propia en sus terrenos legítimamente adquiridos
demostrándose esto con su documentación del total y cada uno de los futuros
vecinos de esta urbe paceña. Por lo que la “ASOCIACION DE ADJUDICATARIOS DE LOS TERRENOS DE MALLASILLA DE EX
TRABAJADORES SERVICIO .NACIONAL DE .CAMINOS” (ADJTERREMALLASILLA), se
convierte en principal instrumento de representación de lucha para el logro de
sus aspiraciones metas y objetivos.
Articulo 4ª.- La “ASOCIACION
DE ADJUDICATARIOS DE LOS TERRENOS DE MALLASILLA DE EX TRABAJADORES SERVICIO
.NACIONAL DE .CAMINOS” (ADJTERREMALLASILLA),, tiene como fecha de creación
y fundación el 15 de diciembre del 1997, y en futuro se conmemorara con actos
cívico-cultural, deportivas y otras costumbres y tradiciones paceñas y
bolivianas.
CAPITULO
II
FINES
Y OBJETIVOS
Articulo 5ª.- La “ASOCIACION
DE ADJUDICATARIOS DE LOS TERRENOS DE MALLASILLA DE EX TRABAJADORES SERVICIO
.NACIONAL DE .CAMINOS” (ADJTERREMALLASILLA),, esta compuesta por su
directorio en pleno, conforme a la nomina prescrita en el presente Estatuto,
sus principales fines y objetivos son:
a)
Promover, buscar, apoyar y coadyuvar
en el tramite de sus intereses respecto a sus terrenos y en lo futuro en
Coadyuvar el
desarrollo Urbano en beneficio de cada uno de los estantes y habitantes de la
zona.
b) Conservar, divulgar las costumbres y
tradiciones nacionales y paceñas y de la zona en especial; promoviendo
el espíritu cívico, popular y mas aun el
patriótico de nuestro pueblo a través de las actividades de Políticas
Comunales, para el mejoramiento o creación de
infraestructura urbana, en las áreas de salud, educación,
Deporte, recreación, y de sano esparcimiento,
Sede Social y otras de beneficio especial para la juventud y la
Niñez.
c)
Amparar y defender a sus miembros
representantes, vecinos y adjudicatarios en general, siempre y cuando estos no
contravengan los preceptos del presente estatutos.
d) Representar y gestionar ante las
dependencias municipales, ministerios, prefectura,y otras dependencias del
estado
e) Mantener relaciones con Federaciones de
Juntas Vecinales, Consejos de Vigilancia de La Paz, Comité Civico de La Paz,
Amigos de la Ciudad, comité 20 de Octubre y otras donde proponer planes,
programas y proyectos para el progreso Urbano Vecinal.
Articulo
6ª.- La “ASOCIACION
DE ADJUDICATARIOS DE LOS TERRENOS DE MALLASILLA DE EX TRABAJADORES SERVICIO
.NACIONAL DE .CAMINOS” (ADJTERREMALLASILLA),, participara con voz y voto
mediante sus delegados en la conformación de los Consejos de Vigilancia y
Juntas Vecinales.
Articulo
7ª.- Todos los
malos manejos, malversaciones económicas y de Bienes Patrimoniales de la institución
o de La “ASOCIACION DE ADJUDICATARIOS DE LOS TERRENOS DE MALLASILLA DE EX
TRABAJADORES SERVICIO .NACIONAL DE .CAMINOS” (ADJTERREMALLASILLA),, serán
sometidas al Tribunal de Honor elegido en asamblea general; y los culpables
serán derivados a la Justicia Ordinaria con todos sus antecedentes y no podrán
ejercer cargo alguno en lo futuro.
CAPITULO
III
CATEGORIA
DE LOS SOCIOS
Articulo 8ª.- La
categoría de los socios es la siguiente:
a)
Socios únicos (
propietarios)
DE
LAS PENALIDADES.-
Articulo
9ª.- las sanciones
estarán sujetas a un ¡tribunal de honor por lo siguiente:
a)
Por transgresiones al presente Estatuto.
b)
Por suplantación o abuso de confianza con fines
de lucro personal.
c)
Por
malversación de fondos económicos de las cuotas mensuales ordinarias y
extraordinarias
CAPITULO
IV
COMPOSICION
DEL DIRECTORIO
Articulo 9ª.- El
directorio de la “ASOCIACION DE ADJUDICATARIOS DE LOS
TERRENOS DE MALLASILLA DE EX TRABAJADORES SERVICIO .NACIONAL DE .CAMINOS” (ADJTERREMALLASILLA),,
estará compuesta de la siguiente forma:
PRESIDENTE
SECRETARIA
GENERAL
SECRETARIA DE
ACTAS
SECRETARIA DE
HACIENDA
DELEGADOS (2)
Articulo
10.- La gestión del
Directorio será de dos (2) años calendario, pudiendo ser reelegido total o
parcialmente mediante aclamación en magna asamblea en merito a su buena
administración.
Articulo
11.- Treinta días
antes de la conclusión de las funciones del directorio, se convocara a una
asamblea general para nombrar el Comité Electoral para convocar a una nueva
directiva.
CAPITULO V
DE LAS ASAMBLEAS Y SU CARÁCTER DE
IMPORTANCIA
Articulo
12.- Las convocatorias
a asambleas Ordinarias y Extraordinarias y de Directorio las citara el
Presidente del Directorio previo Orden del Día y serán convocadas en
cualquier momento de acuerdo a sus requerimientos o información que debe
realizar a los socios.
CAPITULO VI
FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL DIRECTORIO
Articulo
13.- Del
Presidente:
Ø Representar
a la la “ASOCIACION DE ADJUDICATARIOS DE LOS TERRENOS DE MALLASILLA DE EX TRABAJADORES SERVICIO .NACIONAL DE
.CAMINOS” (ADJTERREMALLASILLA),, en todos los actos públicos o privados.
Ø Convocar
y presidir las Asambleas Generales Ordinarias, Extraordinarias y Reuniones en
Gran
Comisión y de Directorio.
Ø Firmar
la correspondencia oficial, documentos, contratos y Actas.
Articulo
14.- D el Secretario General
Ø Colaborar
con el Presidente.
Ø Redactar
y firmar la correspondencia oficial, junto al Presidente.
Ø Mantener
ordenada la correspondencia y toda la documentación y entregarle al presidente
una copia o
fotocopia de toda la documentación y correspondencia para que este
informado y con antecedentes.
Articulo
15.- Del Secretario
de Actas:
Ø Redactar
fielmente las Actas de las Asambleas Generales Ordinarias, Extraordinarias y de
Directorio. Y
Otros.
Articulo
15.- Del Secretario de Haciendas:
Ø Administrar
los recursos económicos en coordinación con el Presidente.
Ø Llevar
libros de contabilidad
Ø Presentar
informes cada reunión si le es posible o cada 2 meses para que asi haya
transparencia.
Ø Administrar
la Caja Chica de acuerdo a las necesidades de la institución.(1000 Bs.)
Ø Abrir Cuenta Corriente Bancaria de los fondos
y registrarlo conjuntamente con el Presidente, únicos
Autorizados de firmar cheques y otros de aspecto económico.
Articulo
16.- De los
Delegados: (2)
Ø Asistir
o representar a la asociación en diferentes reuniones que se convoque y no
pueda asistir el
Presidente o Secretaria General.
Es dado en el
salón de reuniones de la “ASOCIACION DE
ADJUDICATARIOS DE LOS TERRENOS DE MALLASILLA DE
EX TRABAJADORES SERVICIO .NACIONAL DE .CAMINOS” (ADJTERREMALLASILLA),, y
con la aprobación plena de la Asamblea General de adjudicatarios o socios, a
los veinte y ocho días del mes de marzo de mil novecientos noventa y seis.
PRESIDENTE SECRETARIA GENERAL
SECRETARIA DE ACTAS SECRATARIA
DE HACIENDA
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